Picallo Abogados Derecho Bancario · Familia
Despacho de Abogados · León

Defendemos sus intereses con criterio y cercanía.

Despacho especializado en derecho bancario, derecho de familia y Ley de Segunda Oportunidad. Acompañamos a nuestros clientes en cada paso del proceso, con soluciones cercanas, claras y eficaces, adaptadas a su situación personal.

Áreas de actuación

Asesoramiento jurídico integral

Ofrecemos asesoramiento en derecho de familia, derecho bancario, Ley de Segunda Oportunidad y otras áreas civiles, penales y laborales.

Familia

Herencias, divorcios, custodias, pensiones e incapacitaciones.

Ver área

Bancario

Cláusulas abusivas, hipotecas, tarjetas revolving y reclamaciones.

Ver área

Segunda Oportunidad

Cancele sus deudas y empiece de nuevo conforme a la ley.

Ver área

Otras Áreas

Civil, penal, laboral, arrendamientos y comunidades.

Ver área
Sección 02 · Familia

Derecho de Familia

El derecho de familia trata cuestiones muy personales que afectan a la vida diaria de quienes nos confían su caso. En nuestro despacho lo abordamos con empatía, discreción y un asesoramiento claro que ayude a tomar las mejores decisiones para usted y los suyos.

2.1 Herencias

Cuando fallece un ser querido, los trámites legales pueden resultar complicados. Le acompañamos en todo el proceso sucesorio, desde la planificación previa hasta la adjudicación final de los bienes, para que el reparto se realice de forma ordenada, justa y sin conflictos innecesarios.

Testamentos+
Le asesoramos para que su testamento refleje exactamente su voluntad y proteja a sus seres queridos. Estudiamos su patrimonio y su situación familiar, y le explicamos las distintas opciones disponibles para que tome la decisión más adecuada.
Declaración de herederos+
Cuando una persona fallece sin testamento, es necesario tramitar la declaración de herederos para determinar quiénes tienen derecho a recibir la herencia. Nos encargamos de todas las gestiones notariales y documentales necesarias.
Aceptación y adjudicación de herencias+
Tramitamos la aceptación de la herencia y el reparto de los bienes entre los herederos, incluyendo la preparación de la documentación, el cálculo de los impuestos y la inscripción de los bienes a nombre de sus nuevos titulares.
Renuncia a herencias+
Si por cualquier motivo no desea aceptar una herencia —por ejemplo, porque contiene deudas—, le ayudamos a estudiar las consecuencias y a formalizar la renuncia en los plazos y con las formalidades legales adecuadas.

2.2 Incapacitaciones

Cuando un familiar no puede gobernarse por sí mismo a causa de una enfermedad o deterioro, la ley ofrece mecanismos para protegerle y velar por sus intereses. Tramitamos los procedimientos de provisión de apoyos y curatela (lo que tradicionalmente se conocía como incapacitación), siempre desde el respeto a la dignidad y a la voluntad de la persona afectada.

¿En qué le acompañamos?+
Le asesoramos sobre la figura de apoyo más adecuada, preparamos toda la documentación médica y judicial necesaria y le acompañamos durante el proceso ante el juzgado.

2.3 Divorcios

Las rupturas de pareja son momentos difíciles que conviene afrontar con un asesoramiento jurídico claro y cercano. Buscamos siempre soluciones de mutuo acuerdo que reduzcan el desgaste emocional y económico, sin renunciar a defender con firmeza sus derechos cuando es necesario acudir al juzgado.

Divorcio, separación y nulidad+
Tramitamos divorcios y separaciones tanto de mutuo acuerdo como contenciosos, así como procedimientos de nulidad matrimonial. Estudiamos su situación y le explicamos las consecuencias personales, económicas y fiscales de cada opción.
Uniones de hecho+
Le asesoramos en la constitución y, en su caso, disolución de uniones de hecho, así como en la regulación de las consecuencias económicas y de los hijos en común cuando la pareja decide poner fin a la convivencia.
Liquidación de la sociedad de gananciales+
Tras una separación o divorcio es necesario repartir los bienes comunes del matrimonio. Nos ocupamos de inventariar el patrimonio, valorar los bienes y deudas y proponer un reparto equilibrado, ya sea por acuerdo o ante el juzgado.

2.4 Relaciones paternofiliales

Los hijos son siempre la prioridad. Le acompañamos en todas las cuestiones legales que afectan a la relación entre padres e hijos, buscando soluciones que protejan su bienestar y que se ajusten a la realidad de cada familia.

Custodia de los hijos+
Le asesoramos sobre el modelo de custodia más adecuado para su familia —compartida o individual— y defendemos sus intereses y los de sus hijos en los procedimientos judiciales correspondientes.
Visitas y vacaciones+
Establecemos regímenes de visitas, comunicaciones y estancias en periodos vacacionales que permitan a los hijos mantener una relación equilibrada con ambos progenitores y con su entorno familiar.
Pensión de alimentos+
Calculamos y reclamamos la pensión de alimentos que corresponda a los hijos, atendiendo a las necesidades reales del menor y a la capacidad económica de los progenitores.
Adjudicación de la vivienda+
Tramitamos la atribución del uso de la vivienda familiar tras la ruptura, valorando el interés de los hijos menores y los intereses económicos de ambas partes.
Modificaciones de medidas+
Cuando cambian las circunstancias —ingresos, lugar de residencia, necesidades de los hijos…—, las medidas acordadas en su día pueden revisarse. Le ayudamos a actualizar pensiones, custodias o regímenes de visitas a la nueva realidad familiar.
Paternidad y filiación+
Tramitamos procedimientos de reconocimiento, reclamación o impugnación de la paternidad y la filiación, con todas las garantías legales y la máxima discreción.
Ejecución de sentencias por incumplimiento+
Si la otra parte no cumple lo establecido en la sentencia —pensiones impagadas, régimen de visitas incumplido, uso de la vivienda…—, instamos la ejecución para que se respete íntegramente lo resuelto por el juez.
Sección 03 · Bancario

Derecho Bancario

Reclamamos a bancos y entidades financieras las cantidades que han cobrado de más a sus clientes mediante cláusulas abusivas, intereses desproporcionados o prácticas contrarias a la normativa de consumo. Estudiamos su caso sin compromiso y le explicamos con claridad qué puede recuperar.

3.1 Préstamos y tarjetas

Analizamos los contratos de préstamo personal y de tarjeta para detectar intereses abusivos, comisiones indebidas o cláusulas poco transparentes, y reclamamos su nulidad y la devolución de las cantidades cobradas en exceso.

Tarjetas revolving+
Las tarjetas revolving aplican intereses muy elevados que, en muchos casos, los tribunales consideran usurarios. Reclamamos la nulidad del contrato y la devolución de todo lo pagado por encima del capital realmente dispuesto.
Préstamos rápidos+
Los llamados “créditos rápidos” o “mini-créditos” suelen aplicar intereses muy superiores a los habituales del mercado. Estudiamos su contrato para reclamar la nulidad por usura y recuperar el dinero pagado de más.
Contratos de préstamo+
Revisamos cualquier tipo de préstamo personal para detectar comisiones, intereses o cláusulas abusivas, y reclamar a la entidad la devolución de las cantidades indebidamente cobradas.
Demandas de ejecución y oposición a la ejecución+
Si el banco le ha demandado por impago, defendemos sus intereses oponiéndonos a la ejecución cuando concurren cláusulas abusivas, errores de cálculo o defectos en el procedimiento.

3.2 Hipotecas

Examinamos su escritura de hipoteca para detectar cláusulas y gastos que la entidad cargó de forma indebida, y reclamamos su nulidad junto con la devolución del dinero, con intereses.

Cláusulas suelo+
Si su hipoteca incluye un “suelo” que ha impedido que su cuota bajara cuando lo hacía el Euríbor, reclamamos la nulidad de esa cláusula y la devolución de todo lo pagado de más desde la firma del préstamo.
Gastos de constitución+
Los gastos de notaría, registro, gestoría y tasación que el banco le hizo pagar al formalizar la hipoteca pueden recuperarse total o parcialmente. Reclamamos su devolución conforme a la doctrina del Tribunal Supremo y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
IRPH+
El índice IRPH ha encarecido muchas hipotecas frente al Euríbor. Si su préstamo está referenciado a este índice, analizamos su contrato y reclamamos la nulidad de la cláusula y la devolución de las cantidades cobradas en exceso.
Ejecuciones hipotecarias+
Si el banco ha iniciado un procedimiento para quitarle la vivienda, defendemos sus intereses planteando todas las oposiciones legales posibles —cláusulas abusivas, vencimiento anticipado, intereses de demora— para frenar o reconducir la ejecución.

3.3 Cláusulas abusivas

Estudiamos su contrato bancario y reclamamos la nulidad de las cláusulas que la ley y los tribunales consideran abusivas, recuperando para usted las cantidades que pagó por su aplicación.

Comisión de apertura+
Muchas hipotecas y préstamos incluyen una comisión de apertura que no responde a un servicio real prestado por el banco. Reclamamos su nulidad y la devolución de su importe.
Intereses de demora+
Cuando los intereses por impago superan los límites fijados por la jurisprudencia, son nulos. Reclamamos su anulación y el recálculo del préstamo sin esos intereses.
Seguro de prima única+
Algunas entidades obligan a contratar un seguro de vida o de protección de pagos cuyo coste se añade al préstamo. Analizamos si su contratación fue impuesta y reclamamos la devolución de la prima abonada.
Vencimiento anticipado+
La cláusula que permite al banco dar por vencido el préstamo ante un impago mínimo ha sido declarada abusiva en muchos casos. La invocamos para evitar ejecuciones improcedentes y reclamar los daños sufridos.

3.4 Reclamación de posiciones deudoras

Las comisiones que algunas entidades cobran automáticamente cada vez que la cuenta queda en descubierto suelen ser abusivas. Reclamamos su devolución y la eliminación de estas comisiones en su cuenta.

3.5 Monitorios

Si ha recibido una reclamación de cantidad por parte de un banco o de una entidad financiera mediante procedimiento monitorio, estudiamos su caso y le ayudamos a oponerse o a negociar en las mejores condiciones posibles.

Sección 04 · Segunda Oportunidad

Ley de Segunda Oportunidad

La Ley de Segunda Oportunidad permite a particulares y autónomos que se encuentran en una situación de insolvencia cancelar total o parcialmente sus deudas y empezar de nuevo. En nuestro despacho estudiamos su caso, le explicamos con claridad si cumple los requisitos y le acompañamos durante todo el procedimiento, desde el primer trámite hasta la exoneración del pasivo insatisfecho.

4.1 ¿En qué consiste?

La Ley de Segunda Oportunidad (Ley 25/2015, integrada hoy en la reforma de la Ley Concursal) es el mecanismo legal que permite a personas físicas —particulares y autónomos— liberarse de las deudas que no pueden afrontar cuando concurren determinados requisitos. Una vez finalizado el procedimiento, los acreedores no pueden reclamarle el dinero pendiente y usted puede volver a empezar.

¿A quién va dirigida?+
A cualquier persona física —particular o autónomo— que se encuentre en situación de insolvencia actual o inminente, es decir, que no pueda hacer frente a sus pagos de forma regular. Las sociedades mercantiles no pueden acogerse a este procedimiento, pero sus administradores sí pueden hacerlo a título personal.
¿Qué se consigue?+
La cancelación total o parcial de las deudas pendientes (la llamada exoneración del pasivo insatisfecho). Esto incluye deudas bancarias, con proveedores, con particulares y —con los límites que fija la ley— también con Hacienda y la Seguridad Social.
¿Qué deudas pueden cancelarse?+
La mayoría de deudas privadas: préstamos personales e hipotecarios, tarjetas, créditos al consumo, facturas impagadas y avales. La ley también permite cancelar deudas con Hacienda y Seguridad Social hasta determinados límites por acreedor. Quedan fuera de la exoneración, en general, las deudas por alimentos, las derivadas de responsabilidad civil por delito y las multas penales.

4.2 Requisitos para acogerse

Antes de iniciar el procedimiento estudiamos su situación para confirmar que cumple con los requisitos legales. Lo hacemos sin compromiso y con total transparencia.

Ser deudor de buena fe+
El deudor no debe haber sido condenado por delitos económicos, contra el patrimonio o la Hacienda Pública en los diez años anteriores, ni haber ocultado bienes o información relevante a sus acreedores.
Encontrarse en situación de insolvencia+
Es necesario que no pueda hacer frente al pago regular de sus deudas, o que prevea no poder hacerlo en un futuro próximo.
Colaborar durante el procedimiento+
Aportar toda la documentación que se requiera y mantener una actitud de transparencia y colaboración con el juzgado y con el administrador concursal, en su caso.
No haber utilizado este mecanismo recientemente+
La ley establece plazos mínimos entre dos exoneraciones del pasivo insatisfecho, de modo que no es posible acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad de manera reiterada en cortos periodos de tiempo.

4.3 Fases del procedimiento

El procedimiento se desarrolla por fases bien definidas. Nosotros nos ocupamos de todos los trámites técnicos para que usted pueda centrarse en recuperar su estabilidad económica.

01

Estudio del caso

Analizamos su situación patrimonial, sus deudas y sus ingresos para confirmar la viabilidad del procedimiento.

02

Solicitud al juzgado

Preparamos y presentamos la solicitud de concurso de acreedores de persona física, con toda la documentación exigida.

03

Tramitación

Durante el procedimiento, el juzgado revisa la situación del deudor y, en su caso, se liquidan los bienes disponibles.

04

Exoneración

El juez dicta la cancelación de las deudas no satisfechas (BEPI), permitiéndole comenzar de nuevo sin esa carga.

Exoneración con liquidación o con plan de pagos+
La normativa actual permite acceder a la exoneración por dos vías: liquidando el patrimonio disponible (manteniendo, en su caso, la vivienda habitual si así lo permite el juez), o presentando un plan de pagos a tres o cinco años durante el cual el deudor satisface lo que puede en función de su capacidad económica.
¿Cuánto tarda el procedimiento?+
Depende de la complejidad del caso y del juzgado correspondiente, pero suele tramitarse en un plazo de entre seis meses y dos años. Le mantenemos informado en todo momento del estado del procedimiento.
¿Qué pasa con mi vivienda?+
La reforma legal permite, en determinados supuestos, conservar la vivienda habitual incluso dentro del procedimiento de Segunda Oportunidad. Estudiamos su caso concreto y le explicamos con claridad cuáles son sus opciones.
¿Puedo seguir trabajando como autónomo?+
Sí. Los autónomos pueden continuar con su actividad económica durante y después del procedimiento. De hecho, la ley está pensada precisamente para permitir que el deudor vuelva a generar ingresos sin la carga de las deudas anteriores.

4.4 Ventajas para el deudor

Acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad tiene efectos inmediatos sobre su situación financiera y sobre la presión de los acreedores.

Suspensión de embargos y reclamaciones+
Una vez admitido a trámite el procedimiento, se paralizan los procesos de ejecución y los embargos sobre sus bienes y nóminas.
Salida de los ficheros de morosos+
Tras la exoneración, podrá solicitar la baja en ficheros de solvencia como ASNEF, recuperando su capacidad de acceso al crédito a medio plazo.
Tranquilidad y horizonte claro+
Conocer el plan de actuación desde el inicio le permite afrontar el proceso con tranquilidad y planificar su futuro económico sobre bases sólidas.

¿Cumple los requisitos? Consulta sin compromiso

Estudiamos su caso de forma gratuita y le explicamos con claridad si la Ley de Segunda Oportunidad puede ayudarle a cancelar sus deudas.

Pedir cita
Sección 05 · Otras áreas

Otras Áreas

Además de las áreas en las que estamos especializados, ofrecemos asesoramiento jurídico en otras materias del día a día, contando con un equipo de profesionales de confianza para cada tipo de asunto.

5.1 Civil

Le asesoramos en los conflictos cotidianos relacionados con contratos, propiedades y reclamaciones económicas. Buscamos soluciones prácticas y, cuando es necesario, defendemos sus intereses ante los tribunales.

Arrendamientos+
Asesoramos tanto a propietarios como a inquilinos en la redacción y revisión de contratos de alquiler, así como en reclamaciones por impago de rentas, desahucios y resolución anticipada del contrato.
Propiedad horizontal+
Resolvemos los conflictos derivados de la convivencia en edificios y urbanizaciones: obras, ruidos, usos indebidos, acuerdos comunitarios, etc.
Comunidad de propietarios+
Asesoramos a comunidades de vecinos y a propietarios particulares en la impugnación de acuerdos, reclamación de cuotas impagadas y defensa frente a actuaciones de la comunidad.
Reclamaciones de cantidad+
Reclamamos judicial o extrajudicialmente las deudas que terceros tengan con usted —facturas impagadas, préstamos personales, indemnizaciones— hasta lograr su cobro.
Jurisdicción voluntaria+
Tramitamos los procedimientos en los que no existe conflicto entre partes pero se requiere la intervención de un juez o notario: declaraciones de herederos, autorizaciones judiciales, expedientes de dominio y otros expedientes similares.
Procedimientos monitorios+
Utilizamos este procedimiento ágil para reclamar deudas dinerarias documentadas, consiguiendo en muchos casos un cobro rápido sin necesidad de juicio.
Contratos (compraventa, alquiler y otros)+
Redactamos, revisamos y, en su caso, reclamamos el cumplimiento de cualquier tipo de contrato civil: compraventa de viviendas o vehículos, arrendamientos, contratos de prestación de servicios, etc.

5.2 Penal

Asumimos la defensa y la acusación particular en procedimientos penales, con la cercanía y la discreción que requieren este tipo de asuntos. Le acompañamos desde la denuncia o la primera citación judicial hasta la fase de juicio y, en su caso, los recursos posteriores.

5.3 Laboral

Asesoramos a trabajadores y a empresas en las cuestiones laborales más habituales: despidos, reclamaciones de cantidad, sanciones, modificaciones de condiciones, prestaciones y procedimientos ante la Seguridad Social.

Titular del despacho

Nuestro equipo

Conozca a la persona que estará al frente de su caso.

Azucena Natalia Rodríguez Picallo

Abogada · Titular del despacho

«Somos un despacho especializado en derecho bancario y de familia, comprometido con nuestros clientes. Nuestro lema es el trato personalizado durante todo el proceso, desde la primera consulta hasta que acabe nuestra relación profesional. Con una premisa de confianza mutua y adaptación a las necesidades de cada cliente. Trabajamos con empeño para encontrar la mejor solución a sus intereses.»

Estamos a su disposición

Contacto

La primera consulta es la oportunidad de conocernos y de que nos cuente con tranquilidad lo que le preocupa. Puede contactar con nosotros por teléfono, por correo electrónico o visitando nuestro despacho.

Horario de atención

Atendemos previa cita concertada.

Horario habitual
Lunes – Jueves10:00 – 14:00 · 17:00 – 19:00
Viernes10:00 – 14:00
Horario de verano
Lunes – Viernes10:00 – 14:00